Los impactos asociados a la mina de Carabanzo entre los concejos de Lena y Aller

Bosque de Hayas. -Foto CEA; Coordinadora Ecoloxista d’Asturies.-

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies solicita al Principado de Asturias que se exija  un estudio de impacto ambiental al  proyecto de una mina de carbón en Carabanzo en los concejo de Lena y Aller en el tramite de consultas ambientales.                                                        
Se pretende una explotación minera subterránea de hulla por parte de la empresa Mina María Leonor S.L., en lo que se denominará Mina María Leonor, en las cercanías de la localidad de Carabanzo más concretamente en las inmediaciones del Pico Ranero, perteneciente a la Sierra de Ranero que marca la frontera entre los concejos de Lena y Aller.

La memoria que presenta la empresa al trámite de información publica, presenta numerosos defectos para valorarse adecuadamente, destacando:                                      
- No se presenta un estudio de viabilidad económica, lo que no deja de ser  sorprendente para valorar si es un proyecto real o un intento de caza subvenciones. No cuadra que un proceso de cierres de grandes minas existentes subterráneas que están mecanizadas se pretenda reabrir una pequeña mina de montaña, sin una adecuada justificación del proyecto y el porque de esta singularidad.
- Se reconoce la existencia  de dos importantes cursos de agua que se podrían ver afectados en la captación de aguas de consumo humano del pueblo de Carabanzo (en las antiguas galerías de Mina La Viña), y una zona de captación de aguas para un criadero de alevines de trucha de concejo de Lena, pero nada se dice como se va evitar su afectación.
- Destaca la presencia los animales más emblemáticos de Asturias y protegidos, entre las aves, destaca la presencia del urogallo. Entre los mamíferos  en la zona destaca el oso que es una especie en peligro de extinción de acuerdo al Catalogo Regional de Especies Amenazadas. En cuanto al impacto sobre el oso. Habría que señalar que este impacto no debería ceñirse a la posible presencia de estas especies en la zona de actuación, sino que deberían valorarse los posibles efectos sobre la comunicación entre núcleos de población (fragmentación) o la posible recuperación de estas áreas en el futuro (lo que los planes de estas especies llaman áreas de distribución potencial).
También hay que tener en cuenta el impacto que va suponer para las especies vegetales  protegidas como el acebo y la encina , presentes en la zona, que se verán afectada por las nuevas pistas,  escombreras, etc...
- No se concreta el impacto que tendrán el uso continuado por maquinaria pesada las pistas que unen la zona de explotación con Aller donde ira el tratamiento del carbón.

Por todo ellos y en visto de la falta de  estudios determinantes para valor el impacto ambiental de la explotación hemos solicitado que se someta dicho proyecto a Procedimiento Reglado de Evaluación de Impacto Ambiental, con la inclusión dentro del necesario Estudio de Impacto Ambiental, además de lo todo prescrito en el RDL 1/2008, los siguientes aspectos:

1. Justificación de la alternativa de ubicación seleccionada
2. Determinación sobre si la capacidad de acogida del medio es apropiada para soportar la actividad proyectada, dado que se trata de un medio físico de un gran valor ecológico y arqueológico, frente a una actividad que supondría su completa alteración
3. Identificación de todas las acciones del proyecto susceptibles de producir un impacto ambiental
4. Conocimiento de todos los impactos ambientales producidos así como su magnitud e incidencia
5. Identificación de todos los factores del medio receptores de los impactos ambientales identificados
6. Explicación de las medidas preventivas, correctivas y compensatorias y valorar su eficacia
7. Identificar todos los impactos sobre los cauces, pozos, lagunas, afloramientos de agua y resto de recursos hídricos, durante las fases de construcción, exploración y cierre de la exploración mediante el pertinente estudio hidrogeológico.
8. Determinación del grado de aceptación o repulsa social que plantea el proyecto en el ámbito geográfico de referencia afectado

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